martes, 13 de septiembre de 2016

Respetados señores: 

Me permito informarles que, de acuerdo con lo decretado por la Superintendencia de Sociedades mediante Auto No. 400-013048 del 31 de agosto de 2016, en concordancia con lo dispuesto en el Auto No. 400-013226 del 2 de septiembre de 2016, los cuales se encuentran debidamente ejecutoriados, quienes se hicieron parte dentro del proceso de liquidación judicial en término, se tienen como presentados en tiempo dentro del proceso de intervención, lo que significa que no es necesario que se presenten nuevamente dentro del proceso de intervención. 

"Vigésimo noveno. Advertir que los créditos presentados en el proceso de liquidación judicial de las personas enunciadas, se tendrá como presentados en tiempo dentro del proceso de liquidación judicial como medida de intervención decretado por Auto 400-013048 de 31 de agosto de 2016."

Cordialmente,

LUIS FERNANDO ALVARADO ORTIZ

Interventor