jueves, 16 de julio de 2020



Apreciados Señores:


Con el fin de atender inquietudes sobre los certificados para la declaración de renta me permito recordarles que el auto o providencia de reconocimiento de la obligación junto con la prueba de los pagos efectuados en las devoluciones son instrumentos suficientes para presentar junto con su declaración de renta.  La liquidación no expide certificados.

Cordialmente,


LUIS FERNANDO ALVARADO ORTIZ
Liquidador/Interventor