jueves, 18 de mayo de 2023



ASUNTO: COMUNICADO 


DE:         INTERVENTOR/LIQUIDADOR 


PARA:         AFECTADOS DE ESTRAVAL S.A. Y OTROS EN LIQUIDACION JUDICIAL. 


Dando aplicación a los criterios señalados en el parágrafo 1º del artículo 10 del Decreto 4334 de 2008 y lo ordenado por la Superintendencia de Sociedades mediante Autos 2023-01-381676 y 2023-01-250629 del 4 de mayo y 19 de abril del año en curso respectivamente, el suscrito Interventor/Liquidador de ESTRATEGIAS EN VALORES S.A. – ESTRAVAL S.A. y Otros en liquidación judicial como medida de intervención, les comunica que desde el 24 de mayo del año en cursos, se realizará de parte de intervención, una cuarta devolución de dinero a las 1.913 personas reconocidas como afectadas y que a la fecha tienen algún saldo pendiente por recuperar, después de la tercera devolución y de la adjudicación de bienes que la citada Superintendencia dejó en firme mediante Auto No. 2020-01-486441 del 28 de agosto de 2020, notificado por estado del 31 de los mismos mes y año.

Se le recomienda a los destinatarios de este comunicado, tener en cuenta las siguientes indicaciones para evitar inconvenientes que les puedan causar molestia o que les dificulte la entrega de la suma que cada una de las 1.913 personas podrá reclamar en la entidad financiera a través de cual se dispersarán los pagos o que recibirán en su cuenta previamente registrada, así:  

1. De los recursos que la Superintendencia de Sociedades ordenó dejar a disposición del Interventor/Liquidador, según los autos antes mencionados, se dispondrá de la suma de $13.013.414.499,06 para devolver a los afectados con saldos pendientes de recuperas, después de descontarles al valor reconocido en las providencias de reconocimiento de reclamaciones, los valores entregados en la primera, segunda y tercera devolución en efectivo y lo correspondiente a las adjudicaciones de bienes, luego de lo cual, se concluye que los destinatarios hoy son 1.913 afectados. 

2. De lo anterior se concluye entonces, que cada persona de la lista con saldos pendientes por recuperar, tendrá derecho a recibir hasta la suma de $7.000.000 y en todo caso, hasta el saldo que tenga pendiente por recuperar si es inferior al máximo señalado. 

3. Para efectos de lo anterior, únicamente los destinatarios de esta cuarta devolución podrán dirigirse con su cédula de ciudadanía o de extranjería en original y/o con Certificado de Existencia Representación Legal no mayor a treinta (30) días de expedido en el caso de las personas jurídicas; a las oficinas de banca comercial del banco BBVA Colombia S.A. a nivel nacional, en los horarios de atención que dicha entidad financiera tiene establecidos en las distintas ciudades o municipios del país, para reclamar el pago por ventanilla o mediante la expedición de un cheque de gerencia a su costa por la suma que le corresponda, con excepción de las personas que enviaron certificados de cuenta para recibir el pago por transferencia electrónica, quienes deberán estar pendientes del abono en su cuenta.

4. Quienes consideren necesario que el pago se haga a un apoderado general o especial, deberán remitir previamente al liquidador y en todo caso hasta el próximo 23 de mayo, el original del poder especial o la copia del poder general con el original del certificado de vigencia no mayor a treinta (30) días de expedido por la correspondiente notaría. En este caso, se revisará que efectivamente no se haya cobrado la suma y de ser procedente, se anulará el pago ordenado, volviéndose a cargar en la plataforma del Banco a nombre del apoderado.     

5. Los recursos para el pago que se está comunicando, estarán disponibles en la cuenta desde el próximo 24 de mayo, hasta el 31 de agosto de 2023 inclusive, razón por la que esperamos que el Banco BBVA proceda al pago a cada uno de ustedes sin ningún contratiempo.
       
Como ha sido de público conocimiento, esta nueva devolución se origina principalmente como resultado del fallo proferido el 19 de mayo de 2022, donde la Superintendencia de Sociedades resolvió revocar unos contratos de prenda a favor del Banco Scotiabank Colpatria S.A. antes Banco Colpatria Multibanca Colpatria S.A. y la nulidad del pago que se había aplicado con el producto de la venta de los bienes objeto de la garantía, suma indexada ($12.168.540.603,00) que fue depositada por la citada entidad financiera a órdenes del procesos de liquidación judicial como medida de intervención de Estraval S.A. y Otros. 

Cordialmente,



LUIS FERNANDO ALVARADO ORTIZ
Interventor/Liquidador